Un alegato en pro de las excusas

Introducción

“Me confundí”, “Me equivoqué”, “Fue sin querer” son unos ejemplos de la innumerable cantidad de excusas que tenemos en mente para liberarnos de la responsabilidad de un acto. A cada falta parece corresponderle una excusa liberadora y de la calidad de su elaboración depende su efectividad. Como el uso de las excusas es bastante frecuente se ha convertido en algo totalmente inconsciente,

ya casi hacen parte de nuestro lenguaje ciertas estructuras organizadas tales como las que he enumerado en el inicio de este párrafo. Ya no estamos pendientes de cuáles palabras usar, sin análisis alguno la excusa se arma mentalmente y se expone oralmente sin mayor meditación.

En la presentes páginas busco volver la conciencia al lector, pues, aunque una excusa es algo cotidiano no es de ningún modo simple. Se debe meditar en qué casos se ha de usar una excusa, cómo debe ser su composición gramaticalmente y qué palabras deben ser las adecuadas para que pueda cumplir su función, a saber: liberarnos de la responsabilidad de la acción. Mi propósito es, entonces, aclarar cómo funciona la estructura de la excusa, cómo hacerla para que sea aceptada y en qué situaciones se utiliza.

 ¿Cuándo “excusamos” una conducta?

Las excusas se emplean en situaciones en las que una persona se encuentra en posición de acusado de realizar una u otra acción calificada como inadecuada, incorrecta, etc. Se pueden ofrecer excusas si se puede afirmar que la acción estaba acompañada de buenas intenciones, pero las consecuencias que se siguieron resultaron desfavorables por causa de un accidente. Si el agente de la acción no tiene ninguna mala intención, pero es descuidado en el momento de la realización de su acto y éste trae consecuencias desfavorables para otros seres, hay cabida para las excusas, pero nunca dudaremos en admitir que el afectado debe ser recompensado.

Si el agente no examina con cuidado cuales podría ser las consecuencias de sus actos y al llevar a cabo la acción perjudica a otros es justo que pida excusas. La persona es digna de repudio por su descuido y, al afectar a otro individuo, debe indemnizarlo y así resarcir los daños ocasionados. En este tipo de casos el agente es responsable de las consecuencias desencadenadas, pues, por actuar sin reflexionar causó perjuicios a otros seres. Como la intención de esta acción no era hacer daño a nadie es natural que, al ver que las consecuencias que se siguieron de la acción no fueron favorables para otro, el agente intente encontrar la forma de acercarse al afectado, atenuar o desaparecer el resentimiento, pedir excusas porque el acto realizado fue malo aunque no fue realizado con la más mínima intención de ocasionarle un daño.

Muchas veces se utilizan excusas erróneamente en casos en los que el agente obró premeditadamente, es decir, actuó con mala intención y todo el acto en conjunto fue voluntario.

Aunque la persona, una vez concluya su acto, observe la gravedad de las consecuencias y se arrepienta totalmente, ofrecer excusas no basta para liberarlo de la responsabilidad, pues, si el acto se hizo con voluntad el agente es enteramente responsable. Por ejemplo, el caso de una persona que arroja una gran piedra en medio de la calle sin medir las consecuencias de su acto. Por más que el agente demuestre arrepentimiento y pronuncie abundante cantidad de excusas, el acto se castiga porque es injusto, la persona no se interesa por el mal que puede causar a sus semejantes; no piensa en el bienestar del prójimo como en el de sí misma.

 Qué diríamos cuándo, por qué y qué significaríamos con ello

Antes de elaborar cada excusa es indispensable: (1) saber qué significan las palabras porque éstas son nuestras herramientas, (2) tener claro que el lenguaje ordinario contiene todas las distinciones y conexiones que ha hallado el hombre convenientes y (3) saber que aunque a cada acción le corresponde una excusa, no toda excusa es adecuada para toda acción, pues, cada término de excusa es diferente de otro y no cualquiera es adecuado para la situación considerada. Las excusas tienen como característica fundamental ser ‘inaceptables’, por eso es necesario tener muy que llegan a no ser aceptadas a causa de los patrones de acción que invocan, no toda excusa es adecuada para toda acción y, por tanto, es necesario ser conscientes de qué a patrones diferentes de acción les corresponden excusas diferentes.

Cuando se dice: ‘X hizo A’ se presupone que puede ser añadida junto al verbo cualquier expresión modificadora, su opuesta o su negación, pero el lenguaje dice que cualquier verbo que invoca una acción natural, no debe tener junto a él una expresión modificadora a menos que sean circunstancias especiales, por ejemplo al verbo tomar sólo se le colocaría junto una expresión modificadora tal como ‘voluntariamente’, si la persona tomó algo como veneno, si se tomó un jugo no tiene gracia porque el acto fue realizado en condiciones normales.

Las expresiones modificadoras, tales como los adverbios, tienen un limitado margen de aplicación, es decir que, un adverbio de excusa tal como ‘involuntario’ no puede ser unido a cualquier verbo de ‘acción’ ni ser usado con el mismo verbo en diferentes contextos. También se ha de tener presente que hay adverbios que no se oponen de manera obvia como ‘voluntariamente’ e ‘involuntariamente’. El opuesto de ‘voluntariamente’ puede ser ‘con coacción’ y el de ‘involuntario’ puede ser ‘deliberadamente’. Como no se puede esperar una explicación simple de un hecho complicado, lo mejor es elaborar una excusa compleja que explique bien claro las circunstancias de la acción. Para la elaboración de tal excusa se pueden hacer combinaciones y disociaciones entre los adverbios o expresiones modificadoras del verbo.

De un acto determinado se puede decir que fue ‘a propósito’ y hecho ‘deliberadamente’ –por combinación- y que no fue hecho ‘impulsivamente’ -por disociación.

Conclusión

Detrás de toda consideración en torno a las excusas -cuando se utilizan, qué palabras son adecuadas, etc.- se encuentra una importante implicación ética que debe tenerse en cuenta, a saber: en las acciones en las que hay cabida para las excusas, en las que el agente puede ser liberado de la responsabilidad de la acción con una fórmula verbal tal cómo “fue sin querer”, no se otorga castigo al agente porque no hay claras intenciones malévolas de llegar a esas consecuencias, sino que obró sin conocimiento claro del efecto que se podría seguir o por causa del azar. Las acciones que son dignas de reproche, en las que se puede decir que el agente es enteramente responsable de las consecuencias negativas, serían, entonces, aquellas en las que se evidencia la intención malévola en el momento de la ejecución.

1. Austin. J.L. (1956-7). “Un alegato en pro de las excusas”. Ensayos filosóficos. Madrid. Revista Occidente.

2. Partes de la oración con función modificadoras del verbo tales como: Adverbios etc…

3. X hizo A deliberadamente, X hizo A involuntariamente, entendiendo aquí como opuesto

de ‘deliberado’: ‘involuntario’.

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